Condiciones de transporte (reservado desde 24/10/08)
Condiciones de transporte
1. General
Cuando reserve el/los vuelo(s) deberá confirmar que tiene pleno conocimiento de y está de acuerdo con las condiciones de transporte.
En caso de que cualquier cláusula comprendida en las presentes condiciones sea contraria a un Convenio Internacional, en la medida en que éste sea aplicable, o a una ley, un reglamento u otras normas imperativas, la cláusula pertinente no será aplicable.
La no-validez de una cláusula no afectará al resto de cláusulas de las presentes condiciones de transporte.
En caso de duda prevalecerá el contenido de la versión en lengua neerlandesa.
2. Ambito de aplicación
Jetair NV, el mayor organizador de circuitos turísticos de Bélgica, ofrece vuelos a más de 70 destinos bajo el nombre de Jetairfly.com. Jetair confiará el transporte a compañías aéreas de su elección. Para ello, recurren a los servicios de su compañía Jetairfly y varias compañías aéreas reputadas.
El contrato de transporte se firmará entre la compañía aérea y el pasajero. Las presentes condiciones de transporte serán aplicables al transporte de personas y su equipaje, con inclusión de todos los servicios relacionados.
3. La prueba del contrato de transporte
La prueba del contrato de transporte la constituirá o el billete en el cual figura el nombre del/de los pasajero(s)o la confirmación de la reserva. La transferencia, la modificación y la cancelación de la reserva generarán gastos adicionales.
3.1 Definición de billete
Por billete se entenderá un documento válido para el transporte de uno o más pasajeros y para su equipaje, emitido por o en nombre del transportista; en caso de venta a distancia, los documentos entregados o emitidos al/los pasajero(s) como confirmación de la reserva.
3.2 La prueba del contrato de transporte
El billete constituirá la prueba del contrato de transporte firmado con los pasajeros cuyos nombres figurarán en el billete. Si no se emitiera ningún billete, valdrán como prueba de existencia de un contrato de transporte la confirmación. En ambos casos serán aplicables las condiciones de transporte.
3.2.1 El derecho a transporte
Sólo se admitirán al vuelo aquellas personas para las cuales se haya emitido un billete o cuya reserva fuese confirmada de acuerdo con el artículo 6. El transportista sólo pondrá a disposición el transporte a aquellos pasajeros cuyo nombre figure en el billete. Los pasajeros tendrán que identificarse. Si un pasajero no pudiera demostrar que él/ella sea la persona mencionada en el billete, el transportista podría negarle el acceso.
3.2.2 Pérdida o destrucción del billete
Si un billete se perdiese o dañase parcial o totalmente, Jetair o el transportista podrá, a petición del pasajero, sustituir el billete por un billete nuevo, siempre que el pasajero pueda probar de forma concluyente al transportista que se emitió un billete válido para el/los vuelo(s) referido(s).
3.3 Validez del billete
Un billete o una reserva sólo será válido si coincide con una reserva confirmada de acuerdo con los reglamentos, tal y como se estipula especialmente en el artículo 6.1 o en los documentos electrónicos emitidos por Jetair.
4. Transferencia, cambio o rescisión por el pasajero
4.1 Transferibilidad de la reserva
Un billete o una reserva no será transferible sin el consentimiento previo por escrito de Jetair.
Antes de iniciar el vuelo, el pasajero podrá transferir su reserva a una tercera persona, que deberá cumplir todas las condiciones del contrato de transporte. El cedente deberá informar Jetair de esta transferencia con la debida antelación. El pasajero cedente y el receptor quedarán obligados solidariamente al pago del precio total y de los gastos de esta transferencia.
Estos gastos ascenderán, hasta el día anterior a la fecha del vuelo, a € 70 por persona.
La transferencia no será posible si uno o más de los trayectos ya han sido efectuados.
4.2 Otros cambios en la reserva
Si el pasajero solicitase otro cambio, Jetair podrá, además del posible incremento de precios de los vuelos y/o los servicios complementarios, cobrar los gastos provocados por este cambio.
Los gastos serán por persona y por trayecto modificado.
4.2.1 Modificación del vuelo (fecha/hora)
a) Vuelos de corta y media distancia:
• Hasta 3 días anteriores a la fecha del vuelo (fecha del check-in) : € 50 / trayecto. Si la nueva tarifa es superior a la tarifa original, el precio también será modificado. Si la nueva tarifa es inferior a la tarifa original, no se permitirá el reembolso; los gastos, no obstante, se mantendrán.
• Menos de 3 días anteriores a la fecha del vuelo o en caso de no-presentación : véase el apartado 'Rescisión por el pasajero'.
b) Vuelos de larga distancia (Cuba, República Dominicana, Jamaica, México, Costa Rica, Zanzibar y Kenia)
• Hasta 3 días anteriores a la fecha del vuelo (fecha del check-in): € 120 / trayecto
. Si la nueva tarifa es superior a la tarifa original, el precio también será modificado. Si la nueva tarifa es inferior a la tarifa original, no se permitirá el reembolso; los gastos, no obstante, se mantendrán.
• Menos de 3 días anteriores a la fecha del vuelo o en caso de no-presentación : véase el apartado 'Rescisión por el pasajero'.
4.2.2 Cambio de la ruta
• Hasta 3 días anteriores a la fecha del vuelo (fecha del check-in): € 50 / trayecto. Si la nueva tarifa es superior a la tarifa original, el precio también será modificado. Si la nueva tarifa es inferior a la tarifa original, no se permitirá el reembolso; los gastos, no obstante, se mantendrán.
• Menos de 3 días anteriores a la fecha del vuelo o en caso de no-presentación : véase el apartado 'Rescisión por el pasajero'.
No es posible modificar un trayecto si la reserva original comprende varios trayectos o si uno o más trayectos ya han sido efectuados. (excepto aeropuerto belgo : e.g. Bruselas -> Ostende)
4.2.3 Cambio de los servicios complementarios
Los servicios complementarios tal como la comida, la demanda de servicios especiales (asistencia, material de deporte, animales domesticos,…), traslado, el servicio ‘comfort class’ y otros una vez reservado no pueden ni anularse, ni modificarse.
Sí puede reservarlos hasta 3 días antes de la salida del vuelo y esto sin un suplemento adicional.
4.3 Rescisión por el pasajero
El pasajero siempre podrá rescindir el contrato total o parcialmente. Si el pasajero rescindiera el contrato por una circunstancia atribuible a él/ella, deberá indemnizar los daños que sufriría Jetair y/o el transportista como resultado de esta rescisión.
El pasajero deberá comunicar la cancelación por escrito a Jetair antes de la fecha del vuelo, en su caso a través de su agente de viajes, mencionando la referencia del/de los vuelo(s) reservado(s). La cancelación sólo podrá ser tratada en días laborales durante el horario de oficina (09:00 - 17:00). Las cancelaciones fuera de este horario deberán realizarse el primer día hábil.
4.3.1 Cancelación del/de los vuelo(s)
La indemnización debida depende del momento de la cancelación y es por persona.
• Hasta el día de la fecha del vuelo inclusive : el precio total del trayecto menos € 12,50. (El 'Electronic payment fee' no siendo reembolsable.No reimbursement possible when ticketprice is lower than €12,50)
• En caso de no-presentación ('no show') en el vuelo para el cual se realizó la reserva, el billete quedará sin efecto; no siendo reembolsable.
Importante : en caso de no-presentación en el vuelo de ida, Jetair se reserva el derecho de cancelar el correspondiente vuelo de vuelta sin indemnización para el pasajero, a menos que éste reconfirme este vuelo a Jetair expresamente y dentro de las 48 horas.
Las gastos de cancelación sobre mencionada no se applican en el caso mencionado en el articulo 10.3.
4.3.2 Cancelación de servicios complementarios
Los servicios complementarios tal como la comida, la demanda de servicios especiales (asistencia, material de deporte, animales domesticos,…), traslado, el servicio ‘comfort class’ y otros una vez reservado no pueden ni anularse, ni modificarse.
4.3.3 Cancelación de seguro
Los seguros concertados de forma opcional no podrán ser cancelados.
4.4 Seguro
Se recomienda contratar un seguro de cancelación.
5.1 General
Las tarifas sólo comprenderán el transporte entre el aeropuerto de salida y el aeropuerto de llegada. Las tarifas no comprenderán el transporte entre los aeropuertos y/o los aeropuertos y terminales ubicados en la misma ciudad, a menos que este transporte sea proporcionado automáticamente y sin suplemento por la compañía aérea.
5.2 Tarifas aplicables
Las tarifas aplicables serán aquéllas que sean válidas en el momento de la reserva. Éstas podrán variar según el número de asientos disponibles en el momento de la reserva.
Las tarifas son calculadas en función de las condiciones que permitan, restrinjan o excluyan los derechos del pasajero de modificar o anular su reserva. Estas tarifas y condiciones serán determinadas en el momento de efectuar la reserva y las restricciones y/o los gastos asociados a las cancelaciones y/o modificaciones serán aquellas que fueran comunicadas al pasajero en el momento de efectuar la reserva.
5.3 Impuestos y tasas
Todos los impuestos y tasas que impongan las administraciones públicas o cualquier otro organismo, y particularmente las autoridades del aeropuerto, relativos al pasajero, su equipaje o el uso por parte del pasajero referido de uno o todos los servicios y facilidades, serán añadidos a las tarifas y a las tasas y deberán ser pagados por el pasajero, salvo que los reglamentos del transportista dispongan lo contrario.
5.4 Modificación de las tarifas
Jetair tendrá derecho a revisar un precio confirmado en caso de la introducción de nuevos impuestos o de un incremento de los impuestos existentes, tales como las tasas de aeropuerto u otras tasas cobradas por vuelo o por pasajero.
Jetair asimismo se reserva el derecho de ajustar el precio de transporte como consecuencia de una subida objetiva, considerable e imprevisible del precio del combustible.
En el caso de un ajuste del precio, Jetair avisará de inmediato a los pasajeros y como mínimo los 21 días anteriores a la fecha del vuelo. Si el incremento ascendiese a más del 10 por ciento del precio del vuelo, el pasajero podrá rescindir el contrato de transporte sin gasto alguno y con reembolso del importe del viaje. Deberá ejercer este derecho dentro de las 48 horas posteriores a la notificación.
6.1 Condiciones de la reserva
El pasajero deberá satisfacer la suma total del viaje al formalizar el contrato. La reserva será confirmada si se recibe el pago. Jetair podrá anular la reserva si el pasajero dejara de pagar.
6.2 Datos personales
Para formalizar la reserva, se requieren los datos personales (nombre, dirección, teléfono, número de la tarjeta de crédito…). Jetair concede mucha importancia a la protección de estos datos. Los datos serán almacenados y protegidos de acuerdo con la legislación belga. Los datos de los pasajeros serán confidenciales y no serán traspasados a terceros.
6.3 Reserva de asientos
El transportista no garantiza la asignación de un asiento en particular en la aeronave y el pasajero conviene en aceptar cada asiento que le sea asignado en el vuelo respectivo.
Al pasajero le será asignado su asiento en el momento de facturar, teniendo en cuenta en lo posible sus deseos. Se recomienda presentarse con la debida antelación. Los pasajeros discapacitados siempre tendrán prioridad sobre los otros pasajeros y esto con reserva de las normas de seguridad que se deban respetar. Las personas discapacitadas, los niños o las personas con movilidad reducida no podrán sentarse, por ejemplo, en las salidas de emergencia o en la primera fila.
6.4 Indemnización por anulación por asientos no ocupados
Todos los billetes no usados en el vuelo para el cual se realizó la reserva, quedarán sin efecto y no serán reembolsables.
En caso de no-presentación ('no show') en el vuelo de ida, Jetair se reserva el derecho de anular el vuelo de vuelta correspondiente sin indemnización para el pasajero, a menos que éste reconfirme este vuelo de vuelta de forma expresa y dentro de las 48 horas a Jetair.Such confirmation cannot be considered if one way flights to or from the destination in question are not allowed.
7. Facturacion
Los pasajeros deberán presentarse con la debida antelación para el embarque.
Los pasajeros deberán presentarse con la debida antelación en el mostrador de facturación a fin de cumplir con todas las formalidades y procedimientos previos a la salida. Los pasajeros no podrán, bajo ninguna circunstancia, presentarse para el embarque habiendo transcurrido el tiempo indicado.
Si un pasajero no se presentara a tiempo en el mostrador de facturación, el transportista tendrá el derecho de anular el asiento reservado para él/ella. De no indicarse hora alguna, con una antelacion minima de 90 minuos respecto de la hora salida anunciada. El vuelo no será retrasado bajo ninguna circunstancia.
El transportista no podrá ser responsabilizado de ninguna manera de las pérdidas o los gastos que sean el resultado del incumplimiento de la obligación arriba indicada por el pasajero.
8. Denegación y restricción del transporte
El transportista podrá negarse a transportar a un pasajero o su equipaje por motivos de seguridad.
La admisión de niños no acompañados, personas discapacitadas, personas embarazadas o enfermas requiere el acuerdo previo del transportista.
8.1 Derecho a denegar el transporte
El transportista podrá negarse a transportar a un pasajero o su equipaje por motivos de seguridad.
El transportista podrá decidir que :
a) esta medida sea necesaria para ceñirse a la legislación aplicable, los reglamentos o las instrucciones de un estado, independientemente de si se tratase del país de salida, de llegada o de tránsito;
b) el comportamiento, la edad, la condición mental o física del pasajero sea de tal modo que :
• requiera asistencia especial del transportista que éste no puede proporcionar;
• cause incomodidad entre los compañeros de viaje o provoque reacciones justificadas por su parte;
• signifique un riesgo o peligro para ellos mismos, los compañeros de viaje o terceros o sus pertenencias;
c) esta decisión sea necesaria porque :
• el pasajero no ha respetado las instrucciones del transportista;
• el pasajero se ha a negado someterse a un control de seguridad;
• el pasajero no ha pagado el importe del viaje o no ha cumplido las condiciones de pago;
• el pasajero no tenía los documentos de viaje necesarios;
• el pasajero ha intentado entrar en el territorio del país en el cual se encontraba en tránsito, sin tener permiso para ello;
• el pasajero ha intentado destruir su documentación de viaje durante el vuelo;
• el pasajero se niega a entregar sus documentos de viaje en cambio de un recibo si la tripulación se lo solicite;
• el billete presentado por el pasajero fue adquirido de forma ilícita, lleva otro nombre, es falso o fue denunciado como perdido o robado.
En todos estos casos (esta lista no es limitativa) el transportista se reserva el derecho de cancelar la reserva sin estar obligado a reembolsarle el billete.
8.2 Restricción del transporte
La admisión de niños no acompañados, personas discapacitadas, mujeres embarazadas o personas enfermas requiere el previo acuerdo del transportista y, en su caso, el pago de la indemnización debida.
>Estas directivas sólo son validas para vuelos con Jetairfly o Freebird (destino Turquía). Para otras compañías aéreas las peticiones especiales siempre tienen que confirmarse. El pago se hace en el aeropuerto.
8.2.1 Menores no acompañados
a) General
Para niños entre 5 y 11 años de edad es obligado solicitar asistencia si no son acompañados de un adulto de como mínimo 18 años; para niños entre 12 y 18 años se puede solicitar asistencia de forma opcional. Los niños menores de 5 años siempre deben ir acompañados de un adulto de como mínimo 18 años.
Para los vuelos efectuados por Jetairfly se debe solicitar asistencia al mismo tiempo que la reserva. El importe se asciende a € 30 por trayecto por niño (excepto Nador, Oujda y Casablanca desde y hacia Charleroi : € 60).
. Si no la solicita a la reserva, el cliente debe pagar € 37,50 por trayecto y por niño al aeropuerto.
La compañía aérea debe recibir los datos necesarios por un impreso especial 'UM' a más tardar dos semanas antes de la salida.
b) UM (entre 5 y 11 años)
Menor no acompañado (UM): para niños entre 5 y 11 años de edad es obligado solicitar asistencia si no son acompañados de un adulto de como mínimo 18 años.
c) YP (entre 12 y 18 años)
Pasajero joven (YP): para niños entre 12 y 18 años de edad se puede solicitar asistencia de forma opcional.
8.2.2 Infants
Children under 2 years of age are in principle not entitled to a seat of their own and have to travel in the lap of an adult.
1 buggy per child can be taken on board at no charge. Lightweight folding buggies (ca 5kg) can be taken to the plane and will then be loaded in the baggage hold. Buggies are returned to the customers when they leave the plane or are placed on the baggage belt together with the other baggage. Prams have to be checked in.
Babyhammocks are not available on Jetairfly aircrafts.
8.2.3 Personas discapacitadas
a) General
Las personas que se desplacen en una silla de ruedas o tengan dificultades para andar o subir escaleras, podrán recurrir a asistencia durante el embarque.
Esta asistencia se podrá asegurar a condición de que hayan presentado la solicitud previa y abonado el servicio. La falta de una notificación previa, no obstante, podrá ser motivo de improvisación y retraso en el momento del embarque e incluso de la negativa a permitir el acceso al avión.
El transporte de una silla de ruedas eléctrica será gratuito siempre que esté equipada de una batería 'seca'. La batería deberá estar desconectada y bien sujeta a la silla de ruedas. Los polos de la batería deberán estar bien aislados.
b) WHR
WHR: passengers who can walk and climb stairs autonomously. Assistance can be provided for longer distances at the airport. Number unlimited.
La compañía aérea debe recibir los datos necesarios, especificando la naturaleza de la discapacidad, por un impreso especial a más tardar dos semanas antes de la salida.
c) WHS
WHS: passengers who are unable to climb stairs.
Assistance is required for climbing stairs. Number limited.
La compañía aérea debe recibir los datos necesarios, especificando la naturaleza de la discapacidad, por un impreso especial a más tardar dos semanas antes de la salida.
d) WHC
WHC: passengers who are completely immobile and require full-time or part-time assistance to move themselves. Number limited.
La compañía aérea debe recibir los datos necesarios, especificando la naturaleza de la discapacidad, por un impreso especial a más tardar dos semanas antes de la salida.
e) Transport of wheelchairs
Wheelchairs belonging to the passengers can be transported at no charge, only in the baggage hold. This needs to be mentioned upon booking and has to be applied for by means of the correct application form 'ASST'.
A distinction is to be made between three kinds of wheelchairs.
1) Manual wheelchairs
Folding wheelchairs can be driven up to the aircraft steps or door and are subsequently loaded in the baggage hold.
2) Electric wheelchairs or other mobile assistance devices with non-spillable wet cell batteries.
This means the battery is a sealed unit and cannot be filled or refilled.
The following actions are to be taken in case of transport by plane:
• battery has to be disconnected
• battery poles need to be well isolated.
3) Electric wheelchairs or other mobile assistance devices with spillable wet cell batteries.
This means the battery can be filled or refilled. As the airline company cannot assure that the wheelchair will be transported upright in the cargo hold, the following actions have to be taken:
• remove the battery and pack it upright in an appropriate box (leak proof, resistant to battery liquid, packed sufficiently in absorbent material to absorb all liquids;
• information labels on the outside: 'battery, wet, with wheelchair; corrosive label; package orientation label (this way up).
Note: the term ‘dry battery’ only applies to small batteries such as batteries used in cameras, mobile phones or flashlights. Batteries used for wheelchair propulsion are always classified as wet spillable or wet non-spillable batteries. Non-spillable batteries are sealed units which cannot be refilled hence safer for transport and will only leak when damaged.
8.2.4 Mujeres embarazadas
Las futuras madres podrán volar en avión hasta la semana 35 del embarazo con un certificado médico en el cual se confirma que podrán viajar en avión sin riesgo para el embarazo o de parto prematuro. No se aceptarán a bordo pasajeras que se encuentren dentro de la semana 36 de gestación en adelante.
8.2.5 Blind, deaf/mute passengers
The number of blind, deaf or mute passengers is limited. Has to be applied for by means of the application form 'ASST'.
Guide dogs can be taken along free of charge in the cabin and do not have to be transported in a carrier bag or pet box.* Pursuant to European legislation dogs have to wear a muzzle.
* Not possible on flights from Charleroi to non-EU countries and vice versa
8.2.6 Persons with medical problems
The presence of the passenger always has to be reported by means of the application form 'ASST'.
Passengers suffering from diseases such as the ones described below have to present a written and valid certificate signed by their general practitioner to be allowed to travel by air.
• Recent heart attack;
• if specific equipment needed: injections, drip, oxygen;
• major internal or external injuries;
• mentally challenged passengers.
Stretchers are not allowed on board of Jetairfly.
Jetairfly will carry emergency oxygen on board only for unexpected cases and not for the use of passengers with known requirements.
Passengers requiring oxygen should send their request to Flight Specials at least 7 days before departure and should be aware that an extra cost will be charged.
Passengers are not allowed to carry their own supply of oxygen on board.
9. Equipaje
Existen restricciones respecto a la naturaleza y el peso del equipaje transportado gratuitamente. El exceso de peso se abonará como suplemento.
9.1 Equipaje transportado de forma gratuita
El peso del equipaje transportado de forma gratuita estará restringido al peso indicado en el billete. La compañía aérea cobrará el exceso de peso durante el embarque. El peso máximo admisible por bulto es de 32 kg.
Cada pasajero de Jetairfly que pague podrá llevar 20 kg de equipaje en vuelos de corta y media distancia, 25 kg en vuelos de larga distancia (Cuba, Costa Rica, República Dominicana, Jamaica, México, Zanzibar y Kenia).
Niños menores de 2 años de edad : 20 kg (excepto Nador, Oujda y Casablanca desde y hacia Charleroi : 0 kg)
Los gastos adicionales de Jetairfly por exceso de peso, válidos para el viaje de ida y de vuelta, ascienden a :
• € 8 por kilo (vuelos de corta y media distancia, excepto Nador, Oujda y Casablanca)
• € 12 por kilo (vuelos para Cuba, Zanzibar, Kenia, Costa Rica, la República Dominicana, Jamaica, México y vuelos para Nador, Casablanca y Oujda)
Otras compañías aéreas pueden aplicar condiciones distintas.
El transportista no acepta ninguna responsabilidad para objetos preciosos, fragiles y/o perecederos transportados en el equipaje registrado.
9.2 Equipaje de mano
El equipaje de mano también está sujeto a restricciones. Por motivos de seguridad evidentes y teniendo en cuenta el confort del pasajero, las autoridades del aeropuerto sólo permitirán una pieza de equipaje de mano por pasajero. Llevará consigo el equipaje de mano durante todo el viaje. Como equipaje de mano se considerará el equipaje de tamaño reducido (55 x 40 x 20 cm, el máximo total de todas las medidas es de 115 cm) y un peso máximo de 6 kg.
El equipaje de mano que sea más grande o más pesado que las medidas mencionadas, no se aceptará en la puerta de embarque ('boarding gate').
En algunos de estos casos, el exceso de equipaje de mano puede ser introducido en el compartimiento de equipajes, pagando el oportuno suplemento.
Los bebés (menores de 2 años de edad) no tienen derecho a equipaje de mano.
Los cochecitos de niño y las cunas de viaje no podrán entrar en la cabina. Estos objetos se transportarán gratuitamente en el compartimiento de equipajes. Serán provistos de una etiqueta de equipaje en el momento de la facturación. Los pasajeros podrán, sin embargo, llevarse estos objetos hasta la puerta de embarque.
En caso de que el vuelo no estuviera lleno, se podría aceptar a bordo un 'maxi-cosy'. No obstante, no se puede garantizar previamente.
9.3.1 General
The transport of sports equipment has to be notified upon booking. The corresponding cost is added to the price of the ticket. If notified at the airport the charge is increased by € 7,50 per piece and per leg as administrative costs. Moreover there is a risk that the transport will be refused due to the limited cargo capacity of the aeroplane.
Si desea transportar el material deportivo, deberá mencionarlo en el momento de realizar la reserva. La capacidad de transporte del avión es limitada.
Los gastos adicionales ascienden a € 7,50 por trayecto al aeropuerto.
No se transportarán ciclomotores, motos y motos acuáticas.
Estas directivas sólo son validas para vuelos con Jetairfly o Freebird (destino Turquía).
Para otras compañías aéreas las peticiones especiales siempre tienen que confirmarse. Tarifas a petición. El pago se hace en el aeropuerto.
9.3.2 Bicicleta (CYC)
Es posible transportar bicicletas (1 bicicleta por persona) en la bodega previo pago de un suplemento de € 10 por trayecto (Nador, Casablanca y Oujda : € 30 por trayecto). *
Condiciones:
• la rueda delantera deberá estar desmontada y sujeta al cuadro;
• los pedales deberán estar plegados;
• los neumáticos deberán estar desinflados;
• el manillar deberá colocarse en la dirección del cuadro;
• la bicicleta deberá estar provista de un embalaje protector.
El transporte de cartuchos de CO2 destinados a hinchar neumáticos de bicicletas está prohibido.
* Salida desde 29/10/09 : max. peso por bicicleta (+ maleta) = 20 kg
9.3.3 Material de golf (GOL)
You may be asked to open your bag with sports equipment at the check-in. In case of refusal or abuse the applicable rate for overweight baggage will be charged, without any right to reimbursement of the fee for sports equipment.
Es posible transportar el material de golf (max. 25 kg, 1 por passajero) en la bodega previo pago de un suplemento de € 30 por trayecto.
Si el cliente lleva una bolsa especial para el material de golf, también si el peso total del equipaje no supera el peso admitido, debe pagar un importe fijo.
Si el cliente lleva el material en una maleta normal (80 x 60 x 25 cm, total de las medidas cómo máximo 158 cm) se considera como equipaje normal. Para el exceso de peso, el cliente tiene que pagar según las tarifas vigentes. No tiene que mencionarlo a la hora de reservar.
9.3.4 Material de buceo (DIV)
You may be asked to open your bag with sports equipment at the check-in. In case of refusal or abuse the applicable rate for overweight baggage will be charged, without any right to reimbursement of the fee for sports equipment.
Es posible transportar el material de buceo (max. 20 kg, 1 por passajero) en la bodega previo pago de un suplemento de € 20 por trayecto (Casablanca, Nador y Oujda : € 30).
Condiciones:
• la botella de oxígeno deberá estar vacía y bajo presión atmosférica;
• plomo para el cinturón de plomos no está permitido;
• por razones de seguridad sólo se admiten los focos submarinos (por cuenta y riesgo propios) si se embala la bombilla separada del foco y si se la lleva en el equipaje a mano;
• los focos submarinos que llevan baterías largas, pueden ser vistos como armas y por consiguiente ser declinados por los servicios de seguridad al aeropuerto.
Si el cliente lleva una bolsa especial para el material de buceo, también si el peso total del equipaje no supera el peso admitido, debe pagar un importe fijo.
Si el cliente lleva el material en una maleta normal (80 x 60 x 25 cm, total de las medidas cómo máximo 158 cm) se considera como equipaje normal. Para el exceso de peso, el cliente tiene que pagar según las tarifas vigentes. No tiene que mencionarlo a la hora de reservar.
9.3.5 Tabla de kite o de surf (SFB)
Es posible transportar tablas de kite, surf y de windsurf (max. 15 kg) en la bodega previo pago de un suplemento de € 20 por trayecto (Casablanca, Nador y Oujda : € 30).
Salida desde 29/10/09 :
Tablas de kite, surf y de windsurf (max. 30 kg) en la bodega previo pago de un suplemento de € 40 por trayecto (Casablanca, Nador y Oujda : € 30).
9.3.6 Dinghy (DGY)o paraglide (PGL)
Es posible transportar el material (max. 15 kg, 1 por passajero) en la bodega previo pago de un suplemento de € 10 por trayecto.
9.4 Transporte de animales domésticos
Los viajeros deben estar en posesión de los documentos requeridos para el transporte de animales de compañía. Las mascotas que deseen viajar con su dueño en Europa deben tener un pasaporte europeo (disponible del veterinario). Ese formulario sustituye a la serie de documentos internacionales que eran necesarios para demostrar que el animal este vacunado contra la rabia. Para poder ser identificado, el animal también debe estar dispuesto de un micro chip o tatuaje. Suecia, Reino Unido e Irlanda requieren vacunas complementarias contra la rabia, las garrapatas y la tenia. Además la mascota debe demostrar por medio de una analítica que posee suficientes anticuerpos en su sangre contra la rabia.
Info: http://www.diplomatie.be o en el veterinario, que hace entrega del formulario.
Su hotelero también puede pedirle que enseñe el pasaporte.
9.4.1 General
El número de perros y gatos admitidos está restringido. Perros y gatos pequeños (menos de seis kilos, incl. bolsa) podrán transportarse en la cabina. Animales domésticos grandes deberán transportarse en la bodega del avión.
Si no la solicita a la reserva, el cliente debe pagar los gastos adicionales de € 7,50 por vuelo y por animal al aeropuerto.
No se admitirán perros ni gatos en la cabina en vuelos de larga distancia. Un perro lazarillo siempre podrá entrar en la cabina en vuelos de corta y media distancia, independientemente de su peso (con el equipo requerido y excepto vuelos desde Charleroi hacia los países non-UE y viceversa).
*. Sin embargo, el perro deberá estar atado y llevar un bozal.
El pasajero deberá asegurarse de que su mascota esté en regla con los documentos sanitarios y que se cumpla la normativa del país visitado. Asimismo deberá siempre estar en poder de los documentos necesarios para el transporte de animales domésticos (tanto en caso de transporte en la cabina como en caso de transporte en el compartimiento de equipajes).
Para los viajes dentro de Europa, se requiere un pasaporte europeo de animales, que se puede adquirir en el veterenario.
Estas directivas sólo son validas para vuelos con Jetairfly o Freebird (destino Turquía). As no appropriate cargo hold for pets is available on the aeroplanes of Freebird, only small dogs and cats can be transported in the passenger cabin.
Para otras compañías aéreas las peticiones especiales siempre tienen que confirmarse. El pago se hace en el aeropuerto.
9.4.2 Perros y gatos pequeños menos de seis kilos (DGC/CTC)
Perros y gatos pequeños (1 por persona, max. 3 por vuelo) podrán transportarse en la cabina* a condición de que:
• tengan como mínimo 8 semanas de edad;
• sean transportados en una bolsa o cesta cerrado y impermeable higiénica, de suficiente grande a fin de que el animal puede pararse y de que las medidas no pueden ser más de 115 cm.
• el animal, bolsa incluido, puede pesar máximo 6 kg
• el animal no pueda molestar de ningún modo al resto de los pasajeros;
• las perras o gatas no estén embarazadas.
* excepto vuelos de larga distancia y vuelos desde Charleroi hacia los países non-UE y viceversa.
9.4.3 Animales domésticos más de seis kilos (DGH/CTH)
Animales domésticos grandes (tengan como mínimo 8 semanas de edad) deberán transportarse en la bodega del avión* (1 por persona, max. 4 por vuelo). El importe se asciende a € 50 por trayecto por animal.
Su jaula deberá ser suficientemente grande como para que puedan moverse sin impedimentos. Las jaulas deberán ser de plástico o metal.
* Imposible desde Charleroi hacia los países non-UE y viceversa.
9.5 Equipaje no permitido
Los pasajeros no podrán llevar determinados objetos como equipaje :
• los objetos que no sean considerados como equipaje de viaje;
• los objetos que puedan significar un peligro para la aeronave, las personas o los bienes a bordo, tales como se especifican en el Reglamento sobre Mercancías Peligrosas de ICAO o IATA;
• los objetos cuyo transporte esté prohibido por la legislación o la normativa vigente del país de salida o de destino;
• objetos de los cuales el transportista opine que no pueden ser transportados por sus medidas, peso o naturaleza (frágiles o peligrosos);
• animales vivos, a excepción de perros y gatos.
9.5.1 Artículos peligrosos prohibidos
Los artículos peligrosos están prohibidos. A continuación encontrará una lista no limitativa de estos artículos :
• sustancias explosivas
• gases comprimidos
• sustancias inflamables
• sustancias ricas en oxígeno, tales como peróxidos, polvos de blanqueo
• sustancias tóxicas
• sustancias radioactivas
• sustancias corrosivas
• sustancias magnéticas, nocivas, estimulantes y fétidas
• cartuchos de CO2 para hinchar neumáticos de bicicletas
Varios artículos peligrosos (incluyendo material magnetizado, artículos que puedan dañar la estructura de la aeronave y artículos que puedan tener otras características inherentes por las que son inadecuados para el transporte aéreo, a menos que estén preparados correctamente como carga).
Teniendo en cuenta el contexto internacional y por motivos de seguridad, a los pasajeros tampoco se les permitirá llevar objetos en el equipaje de mano que puedan constituir un peligro (tijeras, cuchillos, hojas de afeitar, baterías,...).
Estos objetos serán incautados por el control de seguridad.
9.5.2 Armas de fuego para caza y fines deportivos
Los pasajeros deberán guardar estos objetos con el equipaje facturado. Un resumen :
• las armas de fuego para caza y fines deportivos sólo se aceptarán en el compartimiento de equipajes
• el pasajero deberá poder presentar las licencias necesarias requeridas en los países de origen y destino
• las armas siempre deberán estar descargadas
• las armas y algunos tipos de munición deberán embalarse por separado y cargarse en el compartimiento de equipajes
• está prohibido el transporte de varios tipos de munición.
9.5.3 Recuerdos de viaje (animales y plantas protegidos, antigüedades)
Todo el mundo puede, en algún momento, caer en la tentación de, consciente o inconscientemente, traer como recuerdo de viaje un espécimen de una especie protegida : un collar de coral o de marfil, un bolso de piel de cocodrilo, caparazones de tortugas marinas...
El 1 de junio de 1997 entró en vigor una normativa europea relativa al comercio internacional de especies amenazadas de animales y plantas, entre las cuales figuraban mamíferos (por ejemplo, simios y tigres), pájaros (por ejemplo, loros), reptiles (por ejemplo, tortugas marinas) y plantas (por ejemplo, orquídeas salvajes). Algunas especies no podrán ser comercializadas y para otras se necesitará un permiso de importación. La infracción de esta normativa podrá resultar en la confiscación de los artículos y en importantes multas.
Asimismo están sujetos a restricciones de exportación las antigüedades y los objetos de arte. Por este motivo es importante informarse detenidamente antes de traer estos objetos.
Para conseguir un folleto informativo acerca de la normativa europea al respecto, llame a los números +32 2 208 36 96 (plantas) y +32 2 208 36 67 (animales) del Ministerio Belga de Agricultura y Pequeños Empresarios y Autónomos.
9.6 Daños o pérdida de equipaje
The liability of the air carriers in case of destruction, loss or damage to baggage is limited by international conventions.
Recibirá un resguardo numerado para cada pieza de equipaje que facture. Guárdelo cuidadosamente. En caso de daños, falta de entrega o pérdida de equipaje deberá presentar una denuncia ante los servicios del aeropuerto in situ. Para esto se precisará el resguardo numerado. Otro equipaje, tal como el equipaje de mano, el cochecito de niño, el material deportivo o de fotografía caerán bajo la responsabilidad del pasajero. Se recomienda contratar para estos objetos un seguro adicional. En caso de pérdida del equipaje deberá rellenar en el aeropuerto, en el mostrador de 'Lost & Found (equipaje rerdido) un PIR (Informe de Irregularidad de Equipaje). Siga el mismo procedimiento en caso de equipaje dañado (DBR o Informe de Equipaje Dañado). Sin estos documentos no podrá recibir una indemnización posteriormente.
Los objetos valiosos, tales como joyas u ordenadores, no están incluidos en la cobertura. Estos artículos deberán llevarse como equipaje de mano y usted mismo deberá ocuparse de ellos.The carrier excludes all liability for minor damages on the outside baggage (scratches, stains, dents, etc) as well as water damage of not waterproof baggage.
9.6.1 Equipaje ‘normal’
Si fuera aplicable el Convenio de Montreal, la indemnización máxima en caso de destrozo, daños, pérdida o demora del equipaje asciende a 1.000
'Derechos Especiales de Giro' por persona (1 DEG = € 1,1224 in 06.2007).
Según el Convenio de Varsovia se indemnizará de acuerdo con el peso a razón de € 20 por kilogramo. Vista la escasa indemnización en este último caso, resulta recomendable contratar un seguro de equipaje, tal como ofrece Jetairfly.com.
9.6.2 Valor más alto del equipaje ‘normal’
Si el valor del equipaje 'normal' supera los 1.250 euros por persona, deberá hacer mención de ello durante el embarque conforme al Convenio de Montreal y abonar un cargo adicional.
9.6.3 Equipaje ‘excepcional’
El 'equipaje excepcional', como cochecitos de niño, bicicletas, tablas de surf, es decir, todo lo que no cabe en una maleta de medidas normales (como máximo 80 x 60 x 25 cm, el máximo total de todas las medidas es de 158 cm), será transportado por cuenta y riesgo del pasajero.
En los vuelos de Jetairfly podrá asegurar estos artículos en el mostrador de Jetair del aeropuerto pagando una módica prima.
10. Horario y cancelación de vuelos
10.1 Horario
El transportista no reparará en medios para transportar a los pasajeros y a su equipaje con la mayor diligencia. Hará todo lo posible para respetar el horario publicado.
No se garantizarán las horas de salida y llegada indicadas en el horario o en otro sitio. Podrán ser modificadas con o sin notificación previa.
El transportista no asume responsabilidad alguna respecto a las conexiones del vuelo reservado.
10.2 Verificación del horario
A fin de asegurarse de que el horario de su vuelo no haya cambiado, deberá seguir el procedimiento para verificar el horario del vuelo, tal y como se estipula en la documentación de viaje.
10.3 Cancelación
Si la compañía aérea cancelara un vuelo o no fuera capaz de poner a su disposición un asiento de avión previamente confirmado, la compañía aérea reembolsará el precio del billete y eventualemente una compensación de acuerdo con la legislación o el reglamento aplicable.
10.4 Responsabilidad
A excepción de los actos y las negligencias con la intención de causar daños y/o actos temerarios y/o conscientes que puedan provocar daños, en ningún caso el transportista podrá ser responsabilizado de los errores u olvidos en el horario o en otra información proporcionada por él mismo, su personal, agentes y subcontratistas respecto a las horas de salida y llegada u otra información de vuelo.
11. Conducta a bordo
Se podrá negar la admisión del pasajero al vuelo correspondiente o a futuros vuelos por conducta indecente.
11.1 General
Jetair y/o la compañía aérea podrá tomar todas las medidas oportunas si la conducta del pasajero
• pusiera en peligro la seguridad de la aeronave, de los pasajeros o de los objetos a bordo;
• molestara a la tripulación en la ejecución de sus tareas;
• causara molestias irracionales a otros pasajeros y a la tripulación.
El transportista podrá negar el transporte en un vuelo específico o negarle al pasajero la entrada a todos los vuelos en el futuro. El viajero implicado asimismo se expone a ser perseguido judicialmente.
11.2 Uso prohibido de objetos a bordo
Queda prohibido el uso de los siguientes objetos a bordo :
• teléfonos móviles (GSM)
• aparatos de televisión portátiles
• aparatos de vídeo portátiles y aparatos playback
• radiorreceptores
• radiotransmisores
• juguetes con control remoto
• todo equipo electrónico del que no se haya comprobado que no pueda afectar a los sistemas de la aeronave
• juegos electrónicos sin control remoto
• reproductores de CD y casetes
• grabadoras de voz portátiles
No se podrá usar un ordenador portátil durante el despegue y el aterrizaje, aunque se suele permitir su uso una vez llegado a la velocidad de crucero.
11.3 Pasajeros ebrios y agresivos
En cualquier compañía aérea, el comandante siempre podrá decidir de forma autónoma si niega el acceso a bordo de pasajeros ebrios o agresivos, o desembarcarles tras realizar una escala. Todos los posibles daños y gastos que pueda provocar esta decisión correrán a cargo de los pasajeros involucrados.
11.4 Fumadores / no-fumadores
En todos los vuelos de Jetairfly se deberá respetar la prohibición absoluta de fumar. Si desea información acerca de los vuelos de otras compañías, contacte con Jetairfly.com.
11.5 Interrupción de viaje
Por motivos de seguridad, los pasajeros no pueden interrumpir o terminar su viaje aéreo en un lugar de escala antes del destino reservado.
12. Formalidades administrativas
Los pasajeros deberán tener en su poder los documentos de viaje requeridos.
Encontrará más información en la página :
formalidades de viaje
12.1 General
Los pasajeros deberán proporcionar a Jetair y al transportista toda la información útil que se le solicite de forma expresa. Si los pasajeros facilitaran información errónea y esto resultara en gastos adicionales para Jetair y el transportista, estos gastos podrán ser imputados al pasajero.
Los pasajeros deberán estar en regla con todas las leyes, reglamentos, requisitos y obligaciones impuestos por el país de salida, de destino o de tránsito, así como los reglamentos e instrucciones del transportista o sus agentes.
El transportista se negará a asumir cualquier responsabilidad por la información proporcionada por sus agentes o subcontratistas con respecto a los documentos de viaje o el visado requeridos por el país de destino, independientemente de si esta información fuese facilitada por escrito u de cualquier otra forma. El transportista asimismo negará toda responsabilidad si los pasajeros no obtuvieran los documentos o el visado necesarios.
12.2 Documentos de viaje
Los pasajeros deberán presentar todos los documentos requeridos por las leyes, reglamentos y otros decretos del país de destino y de tránsito. El transportista tendrá legalmente la obligación de negarles el transporte a los pasajeros que no tuvieran en su poder los documentos de entrada y de salida requeridos por el país de salida y de destino.
13. Responsabilidad
La responsabilidad de las compañías aéreas es restringida por los tratados internacionales.
13.1 Convenio de Montreal
La responsabilidad de las compañías aéreas de la Unión Europea viene regulada por el Convenio de Montreal (1999), el reglamento (CE) nº 2027/97 (modificado por el reglamento (CE) nº 889/2002) y el reglamanto (CE) n° 261/2004.
Esta notificación informativa ofrece un resumen de las normas de responsabilidad que aplican las compañías aéreas de la Unión de acuerdo con la legislación CE y el Convenio de Montreal.
Indemnización en caso de fallecimiento o lesión física
La responsabilidad por fallecimiento o lesión física de los pasajeros no queda limitada por límites financieros. Por daños hasta 100.000 Derechos Especiales de Giro DEG (aproximadamente € 110.000), la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones por indemnización. Por encima de este importe, podrá oponerse a una reclamación si puede presentar pruebas que no haya sido negligente o de otro modo haya caído en falta.
Anticipos
Si el pasajero resultase herido o perdiese la vida, la compañía aérea deberá pagar dentro de los 15 días posteriores a la identificación del titular de la indemnización, un anticipo para poder satisfacer a las necesidades financieras inmediatas. En caso de fallecimiento, el anticipo no podrá ser inferior a 16.000 BTR (aproximadamente € 17.600).
Demora de pasajeros
En caso de demora de pasajeros, la compañía aérea será responsable de los daños producidos, a menos que haya tomado todas las medidas razonables para evitar los daños o le hubiera sido imposible tomar semejantes medidas. La responsabilidad por demora de los pasajeros queda limitada a 4.150 BTR (aproximadamente € 4.565).
Demora en la entrega del equipaje
En caso de demora en la entrega del equipaje, la compañía aérea será responsable de los daños producidos, a menos que haya tomado todas las medidas razonables para evitar los daños o le hubiera sido imposible tomar semejantes medidas. La responsabilidad por demora de equipaje queda limitada a 1.000 BTR (aproximadamente € 1.100).
Destrozo, pérdida o daños de equipaje
La compañía aérea es responsable del destrozo, la pérdida o los daños al equipaje hasta un máximo de 1.000 BTR (aproximadamente € 1.100). Cuando se trate de equipaje facturado, la compañía asimismo será responsable si no ha caído en falta, a menos que el equipaje ya estuviera dañado. Cuando se trate de equipaje no facturado, la compañía aérea sólo será responsable si ha caído en falta.
Límites superiores para equipaje
Puede aplicarse un límite superior de responsabilidad si el pasajero, antes de subir a bordo, ha prestado una declaración especial y ha abonado un importe adicional.
Reclamaciones sobre el equipaje
Si el equipaje resultase dañado, demorado, perdido o destrozado, el pasajero deberá presentar una reclamación por escrito lo antes posible a la compañía aérea. En caso de daños del equipaje facturado, el pasajero deberá presentar una reclamación por escrito dentro de los siete días y en caso de demora de equipaje facturado dentro de los 21 días posteriores a la fecha en la que el equipaje haya sido puesto a su disposición.
Responsabilidad del transportista contractual y el transportista real
Si la compañía aérea que se encarga del vuelo no es la misma que la compañía con la que se firmó el contrato de transporte, el pasajero tendrá el derecho de presentar una queja o reclamación por indemnización a ambas compañías. Si el nombre o el código de una compañía aérea figura en el billete, será esta compañía el transportista con el cual se firmó el contrato de transporte.
Plazo para el procedimiento judicial
Un procedimiento judicial para la obtención de la indemnización deberá iniciarse dentro de los dos años posteriores al momento de la llegada del avión o al momento en que el avión debería haber llegado.
13.2 Convenio de Varsovia
Si se trata de un viaje hacia o desde un país que no hubiera firmado el Convenio de Montreal, seguirá vigente el Convenio de Varsovia°, a menos que el vuelo sea realizado por un transportista establecido en la Unión Europea.
° Con esto se refiere al convenio para unificar algunas disposiciones relativas al transporte aéreo internacional, firmado en Varsovia en 1929, o el convenio mencionado tal y como fue modificado en la Haya en 1955 y/o Montreal en 1975. En caso de fallecimiento o de lesión física, así como en caso de pérdida, daños o demora del equipaje, la responsabilidad de las compañías aéreas será limitada por este convenio.
13.3 'Lista comunataria'
Los contratistas de servicios de transporte aéreo señalarán a la atención de los pasajeros una
lista de las compañías aéreas a las que se les haya prohibido operar dentro de la Comunidad (denominada en lo sucesivo 'la lista comunitaria' en sus sitios Internet. http://air-ban.europa.eu
13.4 Identidad de la compañía aérea
El contratista de servicios de transporte aéreo informará al pasajero, en el momento en que éste realice su reserva, de la identidad de la compañía aérea operadora.
Si, en el momento de efectuar la reserva, no se conoce la identidad exacta de la compañía aérea operadora, el contratista de los servicios de transporte aéreo velará por que se
informe a los pasajeros del nombre del transportista aéreo que vayan a operar probablemente como transportistas aéreos del vuelo correspondiente. En este caso,
el contratista de los servicios de transporte aéreo velará por que se informe a los pasajeros de la identidad de la compañía aérea operadora tan pronto como se haya establecido la identidad
de las mismas.
Cuando se cambie la compañías aérea operadora tras
efectuarse la reserva, el contratista de servicios de transporte aéreo adoptará inmediatamente y con independencia de la razón del
cambio, todas las medidas apropiadas para asegurarse de que se informa cuanto antes del cambio a los pasajeros. En todos los
casos, se informará a los pasajeros en el momento de la facturación.
13.5 Lista de las compañías aéreas operadoras
The majority of the destinations is flown by our own company Jetairfly. Some destinations are operated in collaboration with Freebird Airlines, Jet4U, TC Airlines, Condor, Arkefly, Luxair, Hamburg International, Hellas Jet, Nouvelair, LTE and Transavia.
A number a specific destinations is operated by regular airlines as Air Malta, Tunisair, Croatia Airlines, TAP Air Portugal, Brussels Airlines, Cyprus Airways, KLM, Etihad Airways y XL Airways.
14. Tramitación de reclamaciones
Las reclamaciones sólo serán tomadas en consideración si son presentadas dentro del plazo estipulado y con fuerza probatoria.
Todas las reclamaciones y la información relevante deberán enviarse por escrito dentro de los 30 días contados desde la fecha del vuelo a la sede administrativa de Jetair.
La tramitación de las reclamaciones deberá efectuarse solo en neerlandés o francés.
14.1 Equipaje facturado
a) En caso de daños al equipaje facturado, no se aceptará ninguna reclamación, a menos que el pasajero haya rellenado un formulario de reclamaciones dentro de las 24 horas posteriores a su llegada o a más tardar dentro de las 24 horas posteriores a la entrega de su equipaje.
b) En caso de demora del equipaje, no se tomará en consideración la reclamación si el formulario de reclamaciones no fuese rellenado inmediatamente después de la llegada al destino.
En caso de demora en la entrega del equipaje, Jetair pagará € 60 por pieza de equipaje perdida después de 24 horas y otros € 60 después de 72 horas, a condición de recibir los recibos de las compras de artículos de primera necesidad y siempre que el pasajero NO tenga su residencia en el país donde se presente la reclamación o en el vuelo de vuelta.
En caso de que el equipaje no se haya recuperado después de siete días, el pasajero deberá entregar una lista detallada de las piezas perdidas.
14.2 Equipaje de mano
El transportista no aceptará responsabilidad alguna por los daños causados al equipaje de mano, a menos que los daños referidos fueran el resultado de un error de la compañía aérea.
15. Finalización del contrato de transporte
Si el pasajero no se adaptara a las condiciones de transporte, el contrato de transporte se finalizará de forma automática sin constitución en mora o notificación formal; todos los importes percibidos serán adquiridos definitivamente por Jetair.
16. Modificaciones y tachaduras
Ningún miembro del personal, agente o representante de Jetair o de la compañía aérea tendrá derecho a modificar, adaptar o anular las cláusulas de las presentes condiciones de transporte.
17. Derecho aplicable y competencia
Sólo los tribunales belgas serán competentes para conocer de cualquier litigio que se regirá exclusivamente por el derecho belga.
18. Pie de imprenta
Válidas para reservas desde 24.10.2008
Jetairfly.com es la marca registrada de NV Jetair.
Gistelsesteenweg 1, 8400 Oostende (Belgica)
Licencia 1201
Número de empresa 0408479965, RPR Oostende
Responsables de contenidos: Jetair SA
Conditions générales de la Commission Litiges Voyages
1. Champ d’application
Ces conditions générales sont d’application aux contrats d’organisation et d’intermédiaire de voyages tels que définis par la loi belge du 16 février 1994 régissant le contrat d’organisation et d’intermédiaire de voyages.
2. Promotion
1. Les informations contenues dans la brochure de voyages engagent l’organisateur ou l’intermédiaire de voyages qui a édité ladite brochure, à moins que :
a) les modifications dans ces informations n’aient été clairement communiquées au voyageur, par écrit et avant la conclusion du contrat ;
b) Les modifications n’interviennent qu’ultérieurement, à la suite d’un accord écrit entre les parties au contrat.
2. L’organisateur et/ou l’intermédiaire de voyages peut supprimer, à durée déterminée ou indéterminée, tout ou partie de sa promotion de voyages.
3. Information à charge de l’organisateur et/ou de l’intermédiaire de voyages
L’organisateur et/ou l’intermédiaire de voyages sont tenus:
1. avant la conclusion du contrat d’organisation ou d’intermédiaire de voyages, de communiquer aux voyageurs par écrit:
a) les informations d’ordre général concernant les passeports et visas ainsi que les formalités sanitaires nécessaires pour le voyage et le séjour, pour permettre au voyageur de rassembler les documents nécessaires. Les voyageurs non belges doivent s’informer des formalités administratives à accomplir auprès de l’(des) ambassade(s) ou consulat(s) concerné(s);
b) les informations relatives à la souscription et au contenu d’une assurance et/ou assistance;
c) les conditions générales et particulières applicables aux contrats ;
2. au plus tard 7 jours calendrier avant la date du départ, de fournir par écrit aux voyageurs les informations suivantes:
a) les horaires, les lieux des escales et correspondances ainsi que, si possible, l’indication de la place à occuper par le voyageur;
b) le nom, l’adresse, le numéro de téléphone, de fax et / ou l’adresse e-mail, soit de la représentation locale de l’organisateur et/ou de l’intermédiaire de voyages, soit des organismes locaux susceptibles d’aider le voyageur en cas de problème, soit directement de l’intermédiaire ou de l’organisateur de voyages;
c) pour les voyages et séjours de mineurs d’âge à l’étranger, les informations permettant d’établir un contact direct avec l’enfant ou avec le responsable sur place de son séjour. Le délai de 7 jours calendrier visé ci-dessus n’est pas applicable en cas de contrat conclu tardivement.
4. Information de la part du voyageur
Le voyageur doit fournir à l’organisateur et/ou à l’intermédiaire de voyages tous les renseignements utiles qui lui sont demandés expressément ou qui pourraient influencer raisonnablement le bon déroulement du voyage. Si le voyageur fournit des renseignements erronés qui entraînent des coûts supplémentaires pour l’organisateur et / ou l’intermédiaire de voyages, ces coûts peuvent lui être portés en compte
5. Formation du contrat
1. Lors de la réservation du voyage, l’organisateur ou l’intermédiaire de voyages est tenu de délivrer au voyageur un bon de commande conformément à la loi.
2. Le contrat d’organisation de voyages prend cours au moment où le voyageur reçoit la confirmation écrite de la réservation délivrée par l’organisateur de voyages, par l’entremise ou non de l’intermédiaire de voyages qui, dans ce cas, agit au nom de l’organisateur de voyages. Si le contenu du bon de commande diffère de celui de la confirmation du voyage ou si la confirmation n’a pas lieu au plus tard dans les 21 jours de la signature du bon de commande, le voyageur peut supposer que le voyage n’a pas été réservé et a droit au remboursement immédiat de tous les montants déjà payés.
6. Le prix
1. Le prix convenu dans le contrat n’est pas révisable, sauf si les conditions particulières en prévoient expressément la possibilité, pour autant que la révision soit consécutive aux variations
a) des taux de change appliqués au voyage, et/ou
b) du coût des transports, y compris le coût du carburant, et/ou
c) des redevances et taxes afférentes à certains services.
Il faut, dans ces cas, que les variations visées donnent également lieu à une réduction du prix.
2. Le prix fixé dans le contrat ne peut en aucun cas être majoré au cours des 20 jours civils précédant le jour du départ.
3. Si la majoration excède 10 % du prix global, le voyageur peut résilier le contrat sans indemnité. Dans ce cas, le voyageur a droit au remboursement immédiat de toutes les sommes qu’il a payées à l’organisateur de voyages
7. Paiement du prix
1. Sauf convention expresse contraire, le voyageur paye, à titre d’acompte, à la signature du bon de commande, une fraction du prix global ou total du voyage fixé dans les conditions particulières de voyage.
2. Dans le cas où le voyageur resterait en défaut de payer l’acompte ou le prix du voyage qui lui est dûment réclamé, après avoir été mis en demeure de manière légale, l’organisateur et/ou l’intermédiaire de voyages auront le droit de résilier de plein droit le contrat qui le(s) lie à celui-ci et de mettre les frais à charge de voyageur.
3. Sauf convention contraire sur le bon de commande, le voyageur paye le solde du prix au plus tard un mois avant le départ, à condition qu’il ait préalablement reçu ou qu’il reçoive simultanément, la confirmation écrite du voyage et/ou les documents de voyage.
8. Cessibilité de la réservation
1. Le voyageur peut, avant le début du voyage, céder son voyage à un tiers qui devra remplir toutes les conditions du contrat d’organisation de voyages. Le cédant doit informer l’organisateur de voyages et le cas échéant, l’intermédiaire de voyages, de cette cession, suffisamment longtemps avant le départ.
2. Le voyageur qui cède son voyage et le cessionnaire sont solidairement responsables du paiement du prix total du voyage et des frais de la cession.
9. Modifications par le voyageur
L’organisateur et/ou l’intermédiaire de voyages peuvent porter en compte au voyageur tous les frais résultant de modifications demandées par celui-ci.
10. Modifications avant le départ par l’organisateur de voyages
1. Si, avant le départ, un des éléments essentiels du contrat ne peut être exécuté, l’organisateur de voyages doit en avertir le voyageur le plus rapidement possible, et en tout cas avant le départ, et l’informer de la possibilité de résilier le contrat sans pénalité, sauf si le voyageur accepte la modification proposée par l’organisateur de voyages.
2. Le voyageur doit informer l’intermédiaire ou l’organisateur de voyages de sa décision dans les meilleurs délais et en tout cas avant le départ.
3. Si le voyageur accepte la modification, il y a lieu d’établir un nouveau contrat ou un avenant au contrat dans lequel figurent les modifications apportées et leur incidence sur le prix.
4. Si le voyageur n’accepte pas la modification, il peut demander l’application de l’article 11.
11. Résiliation avant le départ par l’organisateur de voyages
1. Si l’organisateur résilie le contrat avant le début du voyage en raison de circonstances non imputables au voyageur, celui-ci a le choix entre:
a) soit l’acceptation d’une autre offre de voyage de qualité équivalente ou supérieure, sans avoir à payer de supplément; si le voyage offert en substitution est de qualité inférieure, l’organisateur de voyages doit rembourser au voyageur la différence de prix dans les meilleurs délais;
b) soit le remboursement, dans les meilleurs délais, de toutes les sommes versées par lui en vertu du contrat.
2. Le voyageur peut également, le cas échéant, exiger une indemnisation
pour la non-exécution du contrat, sauf:
a) si l’organisateur de voyages annule le voyage parce que le nombre minimum de voyageurs prévus dans le contrat, nécessaire à l’exécution de celui-ci, n’a pas été atteint et si le voyageur en a été informé par écrit dans le délai qui y était prévu, au moins 15 jours civils avant la date de départ;
b) si l’annulation est la conséquence d’un cas de force majeure, en ce non compris les surréservations. Par cas de force majeure, il faut entendre des circonstances anormales et imprévisibles, indépendantes de la volonté de celui qui les invoque et dont les conséquences n’auraient pas pu être évitées malgré toute la diligence déployée.
12. Non-exécution partielle ou totale du voyage
1. S’il apparaît au cours du voyage qu’une part importante des services faisant l’objet du contrat ne pourra être exécutée, l’organisateur de voyages prend toutes les mesures nécessaires pour offrir au voyageur des substituts appropriés et gratuits en vue de la poursuite du voyage.
2. En cas de différence entre les services prévus et les services réellement prestés, il dédommage le voyageur à concurrence de cette différence.
3. Lorsque de tels arrangements sont impossibles ou que le voyageur n’accepte pas ces substituts pour des raisons valables, l’organisateur de voyages doit lui fournir un moyen de transport équivalent qui le ramène au lieu de départ et est tenu, le cas échéant, de dédommager le voyageur.
13. Résiliation par le voyageur
Le voyageur peut, à tout moment, résilier tout ou partie du contrat. Si le voyageur résilie le contrat pour une raison qui lui est imputable, il dédommagera l’organisateur de voyages et / ou l’intermédiaire de voyages pour le préjudice subi à la suite de la résiliation. Le dédommagement peut être fixé forfaitairement dans les conditions particulières ou dans le programme, mais il ne peut s’élever qu’à une fois le prix du voyage au
14. Responsabilité de l’organisateur de voyages
1. L’organisateur de voyages est responsable de la bonne exécution du contrat conformément aux attentes que le voyageur peut raisonnablement avoir sur la base des dispositions du contrat d’organisation de voyages et des obligations découlant de celui-ci, indépendamment du fait que ces obligations doivent être remplies par lui-même ou d’autres prestataires de services, et ce sans préjudice du droit de l’organisateur de voyages de poursuivre les autres prestataires de services en responsabilité.
2. L’organisateur de voyages est responsable des actes et négligences de ses préposés et représentants, agissant dans l’exercice de leurs fonctions, autant que de ses propres actes et négligences.
3. Si une convention internationale s’applique à une prestation faisant l’objet du contrat d’organisation de voyages, la responsabilité de l’organisateur de voyages est exclue ou limitée conformément à cette convention.
4. Pour autant que l’organisateur de voyages n’exécute pas lui-même les prestations de services prévues dans le contrat, sa responsabilité cumulée pour dommages matériels et la perte de la jouissance du voyage est limitée à concurrence de deux fois le prix du voyage.
5. Pour le surplus, les articles 18 et 19 de la loi du 16 févier 1994 sont d’application.
15. Responsabilité du voyageur
Le voyageur répond du préjudice causé à l’organisateur et/ou l’intermédiaire de voyages, à leurs préposés et/ou à leurs représentants, par sa faute ou à la suite de la non-exécution de ses obligations contractuelles. La faute est appréciée par référence au comportement normal d’un voyageur.
16. Procédure de plainte
1. Avant le départ
Si le voyageur a une plainte avant le départ, il doit l’introduire au plus vite par lettre recommandée ou contre accusé de réception, auprès de l’intermédiaire ou de l’organisateur de voyages
2. Pendant le voyage
Les plaintes qui surviennent durant l’exécution du contrat doivent être introduits au plus vite sur place, de manière appropriée et pouvant servir de preuve, afin qu’une solution puisse être recherchée. A cet effet, le voyageur s’adressera - dans l’ordre suivant - à un représentant de l’organisateur de voyages ou à un représentant de l’intermédiaire de voyages, ou directement à l’intermédiaire de voyages, ou finalement, directement à l’organisateur de voyages.
3. Après le voyage
Les plaintes qu’il est impossible d’introduire sur place ou qui n’ont pas été résolues sur place de façon satisfaisante doivent être introduites au plus tard un mois après la fin du voyage auprès de l’intermédiaire et/ou auprès de l’organisateur de voyages, soit par lettre recommandée, soit contre accusé de réception.
17. Procédure de conciliation
1. En cas de contestation, les parties doivent d’abord tenter de trouver un arrangement à l’amiable entre eux.
2. Si cette tentative de règlement à l’amiable n’a pas réussi dans un délai de 1 à 3 mois, chacune des parties concernées pourra s’adresser au secrétariat de la cellule conciliation de l’asbl Commission de Litiges
Voyages pour entamer une procédure de conciliation. Toutes les parties doivent marquer leur accord.
3. Le secrétariat procurera aux parties une brochure d’information, un règlement de conciliation et un 'accord de conciliation'. Dès que les parties concernées ont rempli et ont signé cet accord (en commun ou séparément), et dès que chaque partie a payé un montant de 50 euros, la procédure de conciliation sera entamée.
4. Conformément à la procédure simple décrite dans le règlement, un conciliateur impartial prendra contact avec les parties pour poursuivre une conciliation équitable entre elles.
5. L’accord éventuellement atteint sera acté dans une convention liant les parties.
Secrétariat de la Cellule conciliation: Boulevard du Roi Albert 16, 1000 Bruxelles, tél. 02/2776180, fax 02/2779100, e-mail conciliation.clv@skynet.be
18. Arbitrage ou Tribunal
1. Si aucune procédure de conciliation n’a été entamée ou si celle-ci a échouée, la partie plaignante a en principe le choix entre une procédure devant le tribunal ordinaire ou une procédure d’arbitrage devant la Commission de Litiges Voyages.
2. Pour des montants revendiqués à partir de 1.250 euros, chaque partie défenderesse dispose d’un délai de 10 jours civils pour refuser, par lettre recommandée, une procédure d’arbitrage sollicitée par la partie plaignante, le litige pourra alors être traité par le tribunal ordinaire. En dessous de 1.250 euros, seul le voyageur aura la possibilité de refuser la procédure d’arbitrage.
3. Cette procédure d’arbitrage est réglée par un règlement des litiges, et ne peut être entamée que si un règlement à l’amiable n’a pu être trouvé dans une période de 4 mois à partir de la fin (prévue) du voyage (ou éventuellement à partir de la prestation qui a donné lieu au litige). Les litiges concernant les dommages corporels ne peuvent être réglés que par les tribunaux.
4. Le collège arbitral, composé paritairement rend, conformément au règlement des litiges, une sentence contraignante et définitive. Aucun appel n’est possible.
Secrétariat du collège arbitrale et secrétariat général de la Commission de Litiges Voyages: Boulevard du Roi Albert 16, 1000 Bruxelles, tél. 02/2776215, fax 02/2779100, e-mail clv.gr@skynet.be